Del 6/10/08
La Justicia Federal le dictó la prisión preventiva a once personas por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención. Los procesados son el abogado marplatense Eduardo Cincotta, un civil que se desempeñó como servicio de inteligencia y nueve ex jefes militares.
Al dictar la prisión preventiva de once acusados, el juez Federal Alejandro Castellanos cerró la primera etapa del proceso por delitos de lesa humanidad cometidos en "La Cueva", centro clandestino de detención que funcionó en la Base Aérea de Mar del Plata.
Los procesados son nueve ex militares y dos civiles -el abogado Eduardo Cincotta (60) y el ex servicio de inteligencia Nicolás "Nico" Caffarello (54)- que fueron detenidos en setiembre pasado.
Los delitos constatados son, entre otros, privaciones ilegales de la libertad, tormentos agravados y homicidios calificados por ensañamiento y alevosía.
La investigación ratificó que numerosas personas que estuvieron cautivas en "La Cueva" se encuentran desaparecidas, pero el juez Castellanos no calificó esos casos como homicidios al entender que no hay elementos que permitan dar por probada la muerte de las víctimas. Sí consideró que todas ellas padecieron privación ilegal de la libertad y torturas.
Los homicidios acreditados fueron dos y tuvieron como víctimas a los abogados Jorge Candeloro y Norberto Centeno, secuestrados en junio de 1977 durante "La Noche de las Corbatas".
Si bien el cuerpo de Candeloro jamás apareció, existe una nota del coronel Alberto Barda -ex jefe del ADA- informando que fue muerto cuando intentaba fugar. Tal admisión data de aquella época y fue la respuesta a un hábeas corpus que había presentado la familia del abogado.
Marta García -esposa de Candeloro y prisionera de "La Cueva"- ubicó la muerte de su marido en fecha próxima al 28 de junio de 1977 cuando lo llevaron nuevamente a la sala de torturas. Sus gritos -dijo la mujer- fueron seguidos por un profundo silencio y luego por un ruido "semejante al de un cuerpo que es arrastrado". Desde entonces, jamás tuvo noticias de él.
Por su parte, Norberto Centeno -quien fue visto por otros prisioneros en "La Cueva", moribundo a causa de las torturas- apareció sin vida el 11 de julio de 1977 en el Camino Viejo a Miramar como consecuencia de un shock traumático hemorrágico a causa de múltiples golpes y fracturas.
La base del radar
"La Cueva" funcionó en la Base Aérea local, dentro de la estructura subterránea de un radar en desuso. La responsabilidad operativa se le adjudica a efectivos de la Fuerza Aérea y del Ejército.
Si bien se estima que unas doscientas personas pasaron por allí, la investigación se acotó a 50 detenciones ilegales. El juez acreditó en esta instancia del proceso que dos de las víctimas (Candeloro y Centeno) fueron asesinadas, que 20 permanecen desaparecidas y que las restantes sobrevivieron.
Las nueve víctimas de "La Noche de las Corbatas" fueron conducidas a "La Cueva" después de ser secuestradas por grupos de tareas. Según la resolución del juez, no fue posible acreditar "de manera puntual el móvil que guió en este particular caso el accionar represivo del Estado", pero menciona una serie de conjeturas. La primera no descarta que las fuerzas represivas hayan considerado que las víctimas pertenecían a una comunidad ideológica " de tinte 'subversivo' según el criterio de quienes usurparon el poder por ese entonces". Otras conjeturas "tocan la actuación de una Asociación Gremial de Abogados con actuación paralela a la del propio Colegio Profesional de la Ciudad". Y en el mismo orden hipotético el juez menciona la represión a profesionales que asesoraban a los sindicatos, la confrontación ideológica derivada de una militancia política universitaria y la eventual aparición de sus nombres en alguna documentación o agenda secuestrada.
"La Noche de las Corbatas"
Candeloro fue secuestrado en Neuquén junto a su esposa Marta García, mientras que en Mar del Plata corrieron la misma suerte los abogados Norberto Centeno (asesinado); Tomás Fresneda, su esposa Mercedes Argañaraz, Raúl Hugo Alais, Salvador Arestín (todos desaparecidos); Camilo Ricci y Carlos Bozzi (sobrevivientes).
Bozzi, luego de permanecer cautivo en "La Cueva", fue introducido en el baúl del auto de Centeno. Previamente le colocaron algodones en los oídos y lo encapucharon.
En el cruce de la ruta 2 y el camino a Santa Clara del Mar, el Ejército interceptó el vehículo y abatió a dos personas que presuntamente iban en su habitáculo. Se trataba de Carlos Alberto Weber Alvarez y Stella Maris Giurgas, dos estudiantes que habían sido secuestrados en La Plata. Ambos permanecieron en el centro clandestino "La Cacha", que funcionó en los talleres de Radio Provincia (Olmos) desde donde los trajeron a Mar del Plata para usarlos en la macabra puesta en escena.
El Ejército informó oficialmente que Bozzi había sido rescatado cuando dos subversivos lo llevaban cautivo en el auto de Centeno. El evidente motivo de la maniobra fue adjudicarle a Montoneros el secuestro de todos los abogados, debido a que el hecho había tenido trascendencia internacional.
Bozzi declaró que cuando lo sacaron del auto, no sólo vio en el lugar a los efectivos del Ejército, sino también al abogado Eduardo Cincotta.
Los aeronáuticos procesados
- Ernesto Alejandro Agustoni (83). Con el grado de comodoro fue jefe de la Base Aérea desde diciembre de 1975 hasta septiembre de 1977. Admitió haberle facilitado al Ejército el radar en desuso -"que tenía tres o cuatro ambientes"- para que las patrullas militares dispusieran de lugar de descanso sin necesidad de regresar al GADA. El servicio de la Fuerza Aérea "no era más que darle el lugar para el alojamiento" y la provisión de personal, alimentos, utensilios y toallas "sólo de manera esporádica", afirmó Agustoni. Dijo desconocer el funcionamiento de un centro clandestino de detención. Y también se manifestó ignorante de los traslados de detenidos que se efectuaban en aviones de distintas fuerzas que aterrizaban en la base.
- Jorge Carmen Beccio (74). Como vicecomodoro, fue segundo jefe de la Base Aérea y tuvo a su cargo el Escuadrón de Tropas, situado a 400 metros de "La Cueva". Se negó a declarar.
- Suboficial Gregorio Rafael Molina (64). Según su legajo, entre el '76 y el '77 "se desempeñó por circunstancias especiales en la sección inteligencia de la unidad". Su jefe de entonces
-Ernesto Agustoni- admitió que "fue asignado a colaborar para atender las necesidades del radar". Molina, quien se negó a declarar, está detenido desde hace casi tres años en el marco de otra causa por delitos de lesa humanidad ocurridos en La Cueva, incluyendo los homicidios de Centeno y Candeloro. En ese proceso, varias mujeres los reconocieron porque, según declararon, les quitaba la capucha para vejarlas.
Los militares procesados
- Jorge Luis Toccalino (75). Con el grado de teniente coronel, fue jefe de operaciones en el GADA 601 desde enero de 1975. Se negó a declarar.
-Eduardo Jorge Blanco (74). Era teniente coronel cuando ejerció la subjefatura del GADA 601 y la jefatura de la Plana Mayor. Declaró que "órdenes especiales" en materia de lucha antisubversiva eran manejadas por la Agrupación (ADA) y no por la plana mayor del GADA. "A mí me puenteaban", aseguró. Y al detallar ese "puenteo", dijo que el ADA recibía órdenes "de no sé quién" y se las transmitía al jefe del GADA. Este a su vez se las transmitía al jefe de Operaciones (Toccalino) para que las ejecutara.
-Roberto Atilio Bocalandro (74). Con el grado de coronel fue jefe del GADA desde diciembre de 1976. Admitió "haber tomado conocimiento de la existencia de La Cueva", que "dependía funcionalmente de la Fuerza Aérea". Aclaró que "le daba la sensación" de que no era un centro clandestino de detención porque la gente era trasladada allí "en cumplimiento de órdenes del Poder Ejecutivo". También dijo desconocer el secuestro de un grupo de abogados locales y de la posterior liberación de uno de ellos; el doctor Carlos Bozzi. "Resulta poco creíble -indicó el juez en su resolución- que la ciudad en su gran mayoría conociera lo acontecido y quien debería ser responsable de la acción desarrollada se encontraba ajena a todo".
-Aldo Carlos Máspero (78). Con el grado de coronel, fue comandante de la Agrupación de Artillería Aérea (ADA 601) desde 1977. Declaró que su decisión fue no detener "�a persona civil de ninguna índole y prohibir la organización de centros clandestinos de detención en toda la jurisdicción de Ejército a mi mando". Por otra parte, dijo desconocer el funcionamiento de tales centros en bases del ejército o de otras fuerzas.
-Alfredo Manuel Arrillaga (75). Con los grados de mayor y de teniente coronel y ejerció funciones como jefe de Operaciones de la Agrupación ADA 601. "No tenía a mi cargo ni a mi mando ni bajo mi responsabilidad ninguna fracción orgánica del Ejército", dijo ante el juez. Admitió conocer que hubo detenciones de personas que "quedaban a disposición del Poder Ejecutivo Nacional" pero negó haber participado en esos procedimientos.
-Leandro Edgard Marquiegui (79). Como teniente coronel fue segundo jefe de Operaciones hasta 1976 y jefe de Inteligencia del GADA 601 hasta 1979. Se abstuvo de declarar.
Los civiles
- Nicolás Miguel Cafarello (54). Personal civil del Ejército. Cumplió funciones en el servicio de inteligencia a partir de marzo de 1976 y se desempeñaba como custodio y chofer de Arrillaga. En otras causas donde se lo acusa de haber integrado grupos de tareas (una de ellas es el secuestro del periodista Amilcar González) admitió que Arrillaga participaba en los operativos antisubversivos, cosa que el ex militar negó. En lo concerniente a esta causa, se considera que Cafarello habría tenido participación en acciones posteriores al homicidio del teniente primero Fernando Cativa Tolosa, ocurrido en octubre de 1976 cuando realizaba un procedimiento en Jara y Rivadavia. Una de esas acciones fue el secuestro en una vivienda del barrio La Florida de Jorge Carlos Toledo, quien resultó herido de bala en el abdomen y fue trasladado a "La Cueva". Los testigos aseguran que Toledo fue torturado e interrogado en forma recurrente sobre un tal "Pájaro" o "Pajarito". Se trata de Raúl Montes, integrante de Montoneros a quien se responsabilizaba por el homicidio de Cativa Tolosa. Un informe de inteligencia incorporado a la causa señala que Caffarello y otro "servicio" del Ejército capturaron posteriormente a Montes en La Plata. Dos testigos ubican a Caffarello y a Arrillaga en el lugar donde fue secuestrado Toledo.
- Eduardo Cincotta (60). Abogado. El juez Castellanos puntualizó que los cargos que se le formulan no se vinculan con su pertenencia a la CNU porque "no existen pruebas en autos que permitan vincular los hechos aquí investigados con la actividad institucional de dicha agrupación". En ese orden, consideró que los indicios "identifican al imputado Cincotta con el rol de 'informante' civil del que se servían los servicios de informaciones e inteligencia del Ejército". Se evaluó como prueba la declaración de Leonor Zárate de Miguens en otra causa, en la que acusó a Cincotta de haberla interrogado e -incluso- de haberla trasladado al ADA 601. En aquel expediente, Cincotta alegó que tal actuación obedeció a un pedido del Coronel Barda, quien le tenía confianza por la frecuencia de trato. Otro elemento contra Cincotta fue la declaración de Bozzi, que lo ubicó en el lugar de su simulada liberación.
Fundamentos
La resolución del juez Castellanos tiene 165 carillas e incluye el análisis de múltiples aspectos: base jurídica de los delitos de lesa humanidad; desapariciones forzadas; criterios de valoración de prueba en los delitos producidos como consecuencia del terrorismo de Estado, a lo que se suma un pormenorizado análisis individual de los 50 casos investigados, entre otros elementos.
Asimismo, el magistrado hizo una reseña de la actuación de las fuerzas militares en este distrito. Para ello se fundamentó en documentos y reglamentaciones que en su momento emitieron las Fuerzas Armadas para estructurar la lucha antisubversiva con impactante meticulosidad.
De ese análisis surge el rol operativo que tuvo que haber desempeñado cada uno de los militares. Esos elementos, junto a otras pruebas, llevaron al juez a concluir que ninguno de los imputados pudo desconocer los hechos sino que, por el contrario, fueron coautores o partícipes.
Los acusados y los cargos que les formulan
Comodoro Ernesto Alejandro Agustoni - Le imputan participación necesaria en 47 privaciones ilegales de la libertad agravada; 37 hechos de imposición de tormentos agravados, 4 imposiciones de tormentos y los homicidios doblemente calificados por ensañamiento y alevosía de los abogados Norberto Centeno y Jorge Candeloro.
Vicecomodoro Jorge Carmen Beccio. Participación necesaria en 47 privaciones ilegales de la libertad, en 40 hechos de imposición de tormentos agravados, en 4 hechos de tormentos y en dos homicidios doblemente calificados por haberse cometido con ensañamiento y alevosía. (Centeno y Candeloro).
Suboficial Rafael Molina. Autoría material de 20 privaciones ilegales de la libertad agravadas; 13 casos de imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos y dos hechos de imposición de tormentos.
Teniente coronel Jorge Luis Toccalino. Cincuenta privaciones ilegales de la libertad agravada, 40 imposiciones de tormentos agravados, 4 imposiciones de tormentos y dos homicidios doblemente calificados por ensañamiento y alevosía (Centeno y Candeloro).
Coronel Roberto Atilio Bocalandro. Veinticinco privaciones ilegítimas de la libertad agravadas, 24 imposiciones de tormentos agravados, una imposición de tormentos y dos homicidios calificados por ensañamiento y alevosía (Centeno y Candeloro)
Eduardo Jorge Blanco. Privación ilegítima de la libertad agravada (31 hechos), imposición de tormentos agravados (24), tormentos (3) y lesiones (1).
Coronel Aldo Carlos Máspero. Tres privaciones ilegales de la libertad agravada e igual número de imposición de tormentos agravados. privaciones ilegales de la libertad agravada, 37 imposiciones imposiciones de tormentos agravados, cuatro imposiciones de tormentos, lesiones (un hecho) y dos homicidios calificado por ensañamiento y alevosía. (Centeno y Candeloro).
Teniente coronel Leandro Edgard Marquiegui. Cuarenta y siete privaciones ilegítimas de la libertad agravada, 37 imposiciones de tormentos agravados; 4 imposiciones de tormentos y dos homicidios doblemente calificados por ensañamiento y alevosía.
Nicolás Miguel Cafarello. Se le imputa la autoría material de un hecho de privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos agravada y lesiones.
Eduardo Cincotta. Le imputan participación necesaria en privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia (7 hechos); imposición de tormentos agravada por haber sido cometida en perjuicio de perseguidos políticos (5 hechos) y homicidio doblemente calificado por ensañamiento y alevosía (Norberto Centeno).
Las víctimas
Las víctimas de los cincuenta casos que sirvieron para procesar a once personas por delitos en La Cueva son las siguientes:
- Jorge Candeloro y Norberto Centeno (asesinados).
- Tomás Fresneda, Mercedes Argañaraz de Fresneda, Raúl Alais, Salvador Arestín, Eduardo Martínez Delfino, Roberto Allamanda, Alicia Peralta, Jorge Vázquez, María Carolina Jacué Gaitán, Mercedes Lohn, Rubén Darío Rodríguez, Máximo Remigio Fleitas, Jorge Toledo, Juan Roger Peña, Angel Haurie, Federico Guillermo Báez, Domingo Luis Cacciamani, Mirta Giménez, Héctor Giménez y Rubén Starita (Desaparecidos).
- Marta García de Candeloro, Carlos Bozzi, Camilo Ricci, Carmen Barreiro, Alberto Muñoz, Eduardo Salerno, Alfredo Battaglia, Julio Víctor Lencinas, Julio César D'Auro, Eduardo Félix Miranda, Lucía Martín, Luis Alberto Demare, Gustavo Soprano, Marcelo Garrote López, Guillermo Gómez, Rafael Molina, Luisa Bidegain, María Esther Otero, Angel Cirelli, Néstor Fazio, Margarita Ferré, Jorge Porthe, María Martínez Tecco, Héctor Gómez, Pedro Alejandro Dondas, Pedro Daniel Espiño, Pablo Vega y Jorge Medina.
Barda también está acusado
El coronel Alberto Barda también está detenido e imputado en esta causa, mientras que el abogado Eduardo Ullua -ex integrante de la CNU- no fue ubicado aún por la policía.
Barda no declaró aún ante el juez Castellanos porque está siendo juzgado por delitos de lesa humanidad por el Tribunal Oral V de La Plata. De tal manera, el juez Castellanos deberá definir su situación por separado cuando se pueda concretar ese ineludible paso procesal.
La prisión preventiva dictada a once imputados indica que el juez Castellanos consideró que está semiplenamente probada su participación en los delitos descriptos.
Tal resolución puede ser apelada ante la Cámara Penal y, en caso de quedar total o parcialmente confirmada, el proceso avanzará hacia el juicio oral y público.
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